Límites de velocidad en España

Última actualización: 28.03.24

 

En España, cada tipo de carretera tiene unos límites mínimos y máximos para circular por ellas y es importante tener muy claros cuáles son si queremos evitar multas y la pérdida de puntos del carnet de conducir. Estos son los nuevos límites de velocidad en los principales tipos de vías en España.

 

Muchas veces, al conducir por una carretera en la que existe una falta de señalización, es normal que te preguntes: en esta vía, ¿a qué velocidad está permitido circular en un turismo? Lo más habitual es que, si no tienes claro a qué velocidad puedes conducir, lo hagas a la velocidad mínima de una carretera convencional.

Aunque no siempre es sencillo, sí que es importante conocer cuáles son las velocidades máximas y mínimas a las que se puede circular en cada tipo de vía para evitar multas y la consiguiente pérdida de puntos del carnet de conducir. En este sentido, conviene tener presente que en 2020 se actualizó la velocidad máxima a la que se puede circular en varios tipos de carreteras, sobre todo en las secundarias.

Esta información viene recogida en el Reglamento General de Carreteras y, para mantenerte informado, te detallamos a continuación cuáles son las nuevas velocidades a las que puedes circular en España.

 

El límite de velocidad en España

En España, no existe un solo límite a la velocidad de circulación, ya que este depende de los tipos de vías, así como del vehículo con el que se circule, pues no tendrá el mismo límite un turismo que un vehículo especial. Para conocer esta información, cualquier conductor dispone de una tabla de límites de España a las velocidades de la DGT, donde pueden consultarlas.

En este sentido, para turismos y motocicletas que circulan por autopista y autovía es de 120 km por hora (Km/h), mientras que la velocidad mínima en autovía es de 60 km/h, motivo por el que tractores y ciclomotores tienen prohibida la circulación por estas vías. 

En cuanto a las velocidades en carreteras, para un turismo la velocidad en una carretera convencional sin arcén es de 90 km/h, mientras que para las vías con dos sentidos de circulación separados por alguna barrera física será de 100 km/h. En cambio, para vías sin pavimentar, la velocidad máxima será de 30 km/h.

Además, una motocicleta o un turismo podrá superar en 20 km/h la velocidad máxima genérica para adelantar, pero solo en carreteras convencionales, nunca en autovía, autopista o vías urbanas.

Y en vías urbanas, ¿cuál es la velocidad máxima permitida para motocicletas? La respuesta es de 50 Km/h, que será la misma para turismos y furgonetas.

Velocidades máximas y mínimas para vehículos especiales

En España, la velocidad máxima, con carácter general, para un vehículo especial es de 80 Km/h. Al hablar de vehículos especiales nos referimos a autobuses, caravanas y transporte escolar. En este sentido, la velocidad máxima en autovía y autopista para estos vehículos será de 100 Km/h, mientras que para carreteras convencionales será de 80 Km/h, sin importar si tienen separación entre los dos carriles o no.

En cuanto a las carreteras sin pavimentar, el límite será de 30 Km/h, igual que para los turismos y las motocicletas.

 

Camiones y furgonetas

La velocidad máxima para camiones y camionetas en autopista y autovía es de 90 Km/h, mientras que para carreteras será siempre de 80 Km/h, tengan o no tengan separación física entre los dos carriles. En carreteras sin pavimentar, deberán circular también a 30 Km/h.

 

¿Por qué han cambiado las velocidades de circulación?

Las nuevas velocidades fijadas por el Reglamento General de Circulación de la DGT han reducido las diferencias de velocidad entre vehículos de transporte de mercancías, vehículos especiales y turismos. Este cambio se debe a que los vehículos que circulan a velocidades muy diferentes suelen provocar más accidentes, en este sentido, varios estudios en los países con menos fallecimientos en carreteras de la UE, han demostrado que una diferencia de entre 0 y 10 Km/h en las velocidades, reducen los accidentes.

Nuevas velocidades, nuevas multas

Debido a la entrada en vigor de las nuevas velocidades, al circular en una vía para automóviles por encima de los 91 Km/h la sanción será de 100 euros. Sin embargo, hay que tener en cuenta que los radares tienen un margen de medición de hasta 70 Km/h para los radares móviles y de 4 Km/h para los fijos, lo que significa que existe un margen de velocidad en el que la multa puede ser recurrible.

Además, a partir de los 121 Km/h la multa también conlleva una pérdida de puntos. En este sentido, hasta los 140 Km/h se perderán dos puntos y por encima de los 170 Km/h será considerado delito, lo que puede conllevar la pérdida completa del carnet de conducir y hasta cárcel.

Es importante tener en cuenta todas estas penalizaciones, que pueden aumentar si se da positivo al soplar en un alcoholímetro durante un control rutinario de carretera.

Hasta aquí todo lo que necesitas saber sobre las nuevas velocidades en todas las vías de España. Si quieres evitar multas, solo tienes que recordar la información que hemos recogido en el artículo y seguir las indicaciones de las diferentes señalizaciones de la carretera.

Por último, si eres de las personas que pasan muchas horas al volante, te recomendamos que te detengas de vez en cuando para estirar las piernas y descansar, así como tomar suplementos alimenticios que mantengan tus músculos en el mejor estado. En este sentido, la mejor creatina te ayudará a mantener la elasticidad y la fuerza muscular necesaria para pasar muchas horas en la carretera.

 

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